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Salarios pendientes
Revisión de períodos no pagados o diferencias frente a lo pactado y a los desprendibles. También se contrastan fechas de causación y la forma en que el empleador presentó los pagos.
Derecho Laboral · Liquidaciones
Revisamos los valores reconocidos al finalizar una relación laboral para identificar conceptos pendientes, inconsistencias o diferencias que deban analizarse.
Verificamos contrato, salario, tiempo trabajado, pagos y soportes antes de determinar si la liquidación requiere alguna reclamación.
No afirmamos que todos los conceptos correspondan en todos los casos. Dependen de la modalidad de vinculación, el tiempo trabajado, el salario, los pagos ya realizados, la terminación y las circunstancias particulares.
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Revisión de períodos no pagados o diferencias frente a lo pactado y a los desprendibles. También se contrastan fechas de causación y la forma en que el empleador presentó los pagos.
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Contrastamos consignaciones, pagos parciales o finales y la base salarial aplicable según los soportes del caso. El tiempo de servicio y los documentos del fondo o del empleador son clave.
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Cuando correspondan, se revisan frente al tiempo de servicio y a los pagos acreditados. No se asume de antemano que el rubro aparezca en todos los documentos de liquidación.
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Se analiza el reconocimiento proporcional o completo según el período trabajado, la vinculación y los pagos ya realizados durante el año o el semestre correspondiente.
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Periodos no disfrutados y su eventual reconocimiento económico según registros disponibles. También se revisa si hubo disfrute parcial o pagos previos que deban descontarse del análisis.
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Horas, factores salariales, comisiones u otros ítems laborales cuando los documentos y la naturaleza del pago lo justifiquen. Cada rubro se evalúa por separado para evitar sumas genéricas.
La liquidación laboral se construye sobre el Código Sustantivo del Trabajo y las reglas vigentes sobre salarios, prestaciones, vacaciones, cesantías, intereses y prima, entre otros conceptos aplicables. La Ley 2466 de 2025 introdujo reformas relevantes al régimen laboral, por lo que cualquier revisión debe partir de los documentos del caso y del marco normativo actual, no de fórmulas genéricas tomadas de internet.
Publicar montos rígidos o calculadoras universales podría inducir a error: el resultado cambia según la modalidad de vinculación, el tiempo trabajado, el salario, los pagos ya realizados y la forma de terminación. Por eso nuestra revisión es documental y caso a caso.
Una persona puede tener liquidación al terminar la relación laboral y, dependiendo de las circunstancias de la terminación, puede requerirse además analizar una posible indemnización.
La liquidación se concentra en conceptos causados por el trabajo prestado: salarios, prestaciones y rubros conexos cuando correspondan. La indemnización, en cambio, se relaciona con la forma en que se puso fin al contrato y con las reglas aplicables a esa terminación.
Si su caso involucra la forma en que terminó el contrato, revise también nuestros servicios de despido sin justa causa. No usamos ambas ideas como sinónimos.
Para ordenar una revisión útil necesitamos, en la medida de lo posible, fecha de ingreso, fecha de terminación, contrato, salario, factores salariales cuando existan, pagos, desprendibles, vacaciones, liquidación entregada y comprobantes. Factores variables como comisiones u otros conceptos requieren análisis según su naturaleza. No creamos calculadoras genéricas.
Fecha de ingreso y fecha de terminación de la relación laboral.
Contrato, salario y factores salariales cuando existan.
Desprendibles, liquidación entregada y comprobantes de pago.
Registros de vacaciones y soportes de conceptos adicionales relevantes.
Según el caso, pueden evaluarse distintas rutas. Primero se identifica si la diferencia es documental, de cálculo o de concepto no reconocido. Después se define si conviene una revisión directa con el empleador, una reclamación formal, una conciliación o una actuación judicial. No aseguramos que toda diferencia genere sanción o indemnización.
No todos los documentos son necesarios en todos los casos. Cuantos más soportes aporte —contrato, liquidación, nóminas, comprobantes, certificaciones, comunicaciones, extractos y documentos de terminación—, más preciso puede ser el contraste entre lo pagado y lo que los hechos permiten evaluar.
Contrato de trabajo y liquidación entregada por el empleador.
Desprendibles, transferencias y soportes de pago.
Certificaciones laborales y comunicaciones relevantes.
Documentos de terminación, carta o acta relacionada con el cierre del contrato.
Modalidad de vinculación, hechos principales y alcance de lo que realmente se debe revisar.
Ingreso, terminación, contrato y soportes de pago.
Contrastamos lo reconocido frente a lo que los documentos permiten evaluar, concepto por concepto.
Señalamos inconsistencias o conceptos pendientes cuando existan indicios.
Reclamación, conciliación o proceso, según corresponda.
Es la revisión y pago de los conceptos laborales causados al finalizar o liquidar una relación de trabajo. Incluye, según el caso, salarios, prestaciones y otros conceptos aplicables. No es lo mismo que una indemnización por despido.
Según la modalidad de vinculación, el tiempo trabajado y los pagos ya realizados, pueden revisarse salarios pendientes, cesantías, intereses sobre cesantías, prima de servicios, vacaciones y otros conceptos laborales cuando correspondan. No todos aplican en todos los casos.
No. La liquidación agrupa conceptos causados por la relación laboral. La indemnización puede surgir en determinadas formas de terminación, por ejemplo en algunos despidos sin justa causa. Deben evaluarse por separado.
Se contrastan fechas de ingreso y terminación, salario, contrato, pagos, desprendibles y el documento de liquidación. Un total genérico no basta: hay que revisar conceptos y soportes. También conviene verificar si algún rubro aparece como pagado sin comprobante o si existen factores salariales que no se reflejaron en la base usada por el empleador.
Los factores variables requieren análisis según su naturaleza y la forma en que se pactaron o pagaron. Pueden influir en la base de ciertos conceptos. Cada caso depende de los documentos y de la práctica salarial concreta.
Cuando existen períodos no disfrutados, puede corresponder su reconocimiento económico según las reglas aplicables y el tiempo trabajado. La revisión depende de los registros de vacaciones y del tipo de vinculación.
Se contrastan tiempo de servicio, salario base aplicable, consignaciones o pagos realizados e intereses cuando correspondan. La forma de liquidación puede variar según el régimen y los soportes del empleador.
Depende del contenido del documento, de lo realmente pagado y de las circunstancias en que se firmó. Firmar una liquidación no siempre cierra todas las reclamaciones posibles. Por eso conviene conservar copia del documento firmado, de los comprobantes y de cualquier comunicación asociada al pago.
Pueden evaluarse rutas como reclamación ante el empleador, conciliación o actuación judicial cuando corresponda. No aseguramos sanciones automáticas por toda diferencia.
Suelen ser útiles el contrato, la liquidación entregada, nóminas, comprobantes, certificaciones, comunicaciones y documentos de terminación. No todos son necesarios en todos los casos.
Es recomendable cuando hay dudas sobre conceptos, diferencias de pago, salario variable o cuando la terminación involucra también una posible indemnización. Una revisión temprana ayuda a decidir si basta una gestión directa o si conviene una ruta formal.
Sí. Puede iniciar con una revisión virtual y el envío de documentos. Algunas actuaciones posteriores pueden requerir representación presencial según el procedimiento.
Envíenos la liquidación, contrato y soportes disponibles para revisar los conceptos que fueron reconocidos y detectar posibles diferencias.